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Caja de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores Municipales. Reforma, Vigencia, Principales Cambios

El intendente de la ciudad de Santa Fe, Juan Pablo Poletti, promulgó mediante el Decreto N.º 119/2025 la Ordenanza 13.096, que introduce modificaciones profundas al Régimen de Jubilaciones y Pensiones Municipales. La norma, aprobada por el Concejo Municipal a comienzos de diciembre, comenzará a regir el 1º de enero de 2026. Los cambios en la Caja de Jubilaciones abren un nuevo escenario para los trabajadores municipales y comunales, con modificaciones de fondo que impactarán en el presente y el futuro previsional de muchas comunidades de Santa Fe.

La reforma impacta directamente en miles de trabajadores de municipios y comunas, y adquiere una relevancia especial para localidades de la costa santafesina, que dependen del funcionamiento y la solidez de la Caja de Jubilaciones de Santa Fe para garantizar el futuro previsional de sus empleados.

Principales Cambios Que Introduce la Reforma

  • Actualización del régimen previsional
    Se modifica la Ordenanza N.º 6.166, incorporando cambios en los aportes, el cálculo de jubilaciones y pensiones, la administración del sistema y los mecanismos de control.

  • Nueva conducción de la Caja Municipal
    Los cargos de vocales de la Junta Administradora pasan a ser ad honorem, con posibilidad de percibir gastos de representación, sujetos a límites y rendición obligatoria.
    También se redefinen los mecanismos de designación y reemplazo de autoridades, y se formaliza el uso de herramientas digitales y notificaciones electrónicas.

  • Aportes y controles más estrictos
    Se ratifica el aporte del 16% del salario para los afiliados activos, excluyendo asignaciones familiares.
    Se refuerzan los controles sobre los aportes patronales y se establecen sanciones económicas para los municipios u organismos que incumplan. En casos de deudas persistentes, la Caja podrá solicitar a la Provincia la retención de fondos de coparticipación.

  • Examen médico obligatorio
    Se incorpora el examen médico preocupacional como requisito para el ingreso al régimen jubilatorio, bajo supervisión de la Caja.

  • Compatibilidad con otros beneficios
    Funcionarios que ya perciban jubilaciones de otros regímenes deberán realizar aportes, aunque sin generar un nuevo beneficio previsional.

Cambios en Jubilaciones y Pensiones

  • Nuevas reglas para el cómputo de servicios simultáneos.

  • El haber de pensión se fija en el 70% del haber del causante.

  • Se amplían derechos para convivientes, incluyendo parejas del mismo sexo.

  • Se extiende el pago de pensiones a hijos estudiantes hasta los 25 años.

Beneficios para Docentes Municipales

La ordenanza incorpora un régimen especial para docentes y preceptores de establecimientos municipales, que permite sumar años de edad y servicio mediante un aporte adicional del 4%, bajo condiciones específicas.

Aporte Solidario y Seguimiento

  • Se crea un aporte solidario del 2% para funcionarios y cargos políticos en actividad, por un período de 24 meses.

  • Se conforma una Comisión Técnica de Seguimiento con participación del Ejecutivo, el Concejo, la Caja, trabajadores activos y jubilados.

  • Se incluyen disposiciones transitorias para los trámites jubilatorios en curso.

Un Sistema Con Realidades Desiguales

Actualmente, la Caja Municipal abarca 51 municipios y comunas de la provincia: 26 presentan déficit y 25 superávit, una situación que vuelve aún más trascendente esta reforma para la sostenibilidad del sistema, especialmente en las localidades más pequeñas y de la costa santafesina.

El Reclamo de FESTRAM

Uno de los puntos que genera mayor malestar entre los sindicatos es que la reforma no incorporó a FESTRAM en el directorio de la Caja Municipal. Desde la Federación sostienen que se trata de un acto de discriminación, ya que los municipios y comunas adheridos representan el 51% de los aportantes y el reclamo ni siquiera fue mencionado durante el proceso de reforma.

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