El Ministerio Público de la Acusación (MPA) informa que la Justicia santafesina confirmó, en segunda instancia, las condenas impuestas a los empresarios arroceros Rubén Arnoldo Carlen y Raúl Francisco Carlen por causar un daño ambiental de gran magnitud en jurisdicción de Colonia Teresa, Departamento San Javier. Esta decisión, adoptada por el camarista Oscar Burtnik, representa un hecho esperanzador: demuestra que ante la Justicia no hay privilegios, incluso tratándose de personas con poder económico e influencia política.
Los hermanos Carlen fueron condenados como coautores del delito de estrago doloso por inundación, a tres años de prisión de cumplimiento condicional, tras comprobarse que construyeron terraplenes ilegales en más de seis kilómetros sobre la ruta provincial Nº 1, desviando el cauce natural del arroyo Saladillo Dulce. Las obras, realizadas sin autorización, provocaron la inundación de campos cercanos, pusieron en riesgo el casco urbano de Colonia Teresa y derivaron en el colapso de una alcantarilla, lo que ocasionó el derrumbe de un tramo de la vía terrestre.
Los fiscales Bárbara Ilera y Ezequiel Hernández, quienes representaron al MPA durante la audiencia de apelación, destacaron que esta resolución no sólo ratifica las condenas, sino que también impone una reparación concreta: los empresarios deberán presentar, en un plazo de 90 días, un plan de remediación ambiental y asumir los costos de las obras necesarias, tal como lo establece la Ley General del Ambiente (Ley Nacional Nº 25.675). Esta decisión responde a un pedido de la Fiscalía de Estado, que intervino como querellante en el proceso.
Los fiscales remarcaron que el fallo “sienta un precedente de suma importancia en la provincia de Santa Fe, al contemplar la responsabilidad ambiental directa de los empresarios, más allá de la figura jurídica de la empresa que integran”. En efecto, el camarista Burtnik fue claro al señalar que no puede negarse la responsabilidad de los Carlen, ya que fueron quienes tomaron las decisiones y se beneficiaron económicamente con las obras clandestinas, más allá de no haber participado personalmente en la construcción de los terraplenes.
Además, el magistrado avaló lo resuelto en la primera instancia respecto al dolo eventual, lo que implica que los acusados eran plenamente conscientes del daño que podían causar y, a pesar de las advertencias oficiales, continuaron con las obras ilegales. Se comprobó que las construcciones iniciadas en 2007 incluyeron no solo los terraplenes, sino también canales de riego y desagües que alteraron gravemente el ecosistema de la zona.
La justicia ambiental avanza y no se detiene ante nombres poderosos. Como señalaron los fiscales, esta sentencia ratificada es una victoria institucional y social, porque deja en claro que los intereses económicos no pueden estar por encima del cuidado del ambiente ni de la ley.