Un hombre de 56 años identificado como Raúl Antonio Ramayo fue condenado a 10 años de prisión por haber abusado sexualmente de la nieta menor de edad de una mujer que era la pareja de él en la Ciudad de Reconquista. La sentencia fue dispuesta por la jueza Claudia Bressán, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales reconquistenses.
La fiscal Georgina Díaz estuvo a cargo de la investigación y mencionó que “Cuando desde el MPA habíamos reunido elementos probatorios contundentes para sostener nuestra teoría del caso en la audiencia preliminar, Ramayo admitió su responsabilidad penal y propuso el juicio abreviado”. En tal sentido, aclaró que “La madre de la víctima fue informada y consideró que la salida alternativa era la más adecuada para obtener una respuesta satisfactoria para la familia sin atravesar un juicio oral”.
LOS HECHOS
Díaz señaló que “El condenado cometió los ilícitos entre 2021 y 2023, en oportunidades en las que la niña iba de visita a la casa de su abuela, así como en ocasiones en las que él la retiraba de la escuela primaria a la que asistía y era el único adulto a cargo de cuidarla”. Asimismo, la fiscal afirmó que “Por lo menos dos veces, Ramayo le mostró a la víctima videos pornográficos que tenía en su teléfono celular”, y precisó que “en el marco del proceso penal, el dispositivo móvil fue secuestrado”.
“Por sus características y el contexto intrafamiliar en el que se enmarcaron, los hechos delictivos tuvieron entidad suficiente para interferir en el libre y progresivo desarrollo sexual de la niña”, aseveró la funcionaria del MPA.
En tanto, Díaz valoró que “En el ámbito escolar, la víctima pudo contarle a una maestra las prácticas sexuales a las que la pareja de su abuela la sometía”. Al respecto, indicó que “La institución educativa convocó de inmediato a la madre de la niña, quien al enterarse de lo sucedido radicó la denuncia que originó la investigación penal”.
DELITOS
Ramayo fue condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una víctima menor de 13 años; abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda), y promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de la víctima y por la guarda). Ante la jueza Bressán, la Defensa aceptó la calificación penal de los ilícitos propuesta por la Fiscalía, la pena a 10 años de prisión y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.