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ATE Reclama que No se Descuente Día de Paro

Representantes del Consejo Directivo Provincial de ATE presentaron al Gobernador un recurso de revocatoria a la circular oficial que disponía el descuento del día de paro.

El recurso de revocatoria presentado por ATE- Santa Fe solicita que se se abstengan de efectuar los descuentos sobre los haberes de los trabajadores públicos provinciales que adhirieron al paro el pasado miércoles 4 de abril de 2018 o lo que se disponga eventualmente en el futuro.

Asimismo, plantea que las medidas legítimas de acción gremial llevadas a cabo por ATE, se encuentran garantizadas por el Art. 14 Bis de la Constitución Nacional Convenio N° 87, 98, 151 de la OIT y normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El derecho a huelga, constitucionalmente reconocido, constituye una de las herramientas centrales de protección de los intereses del trabajador (Art. 14 Bis de la CN).

La medida legítima de acción gremial realizada por ATE se argumenta, además, en la defensa irrestricta del salario de los trabajadores públicos, frente a una clara política de ajuste, que se traduce en pérdida del poder adquisitivo.

ATE manifestó que “como es de público conocimiento, nuestra postura se sustenta en que la propuesta significa que, con una inflación estimada en 21.21% (la expectativa de mercado que publica el Banco Central en el mes de marzo arrojó una proyección del 20.9) da cuenta que al cabo del año, los trabajadores tendrán salarios por debajo de la inflación en relación al poder adquisitivo, durante 9 meses”.

En la nota se hace referencia que de persistir con el descuento de haberes se de por interpuesta  formal denuncia judicial de querella por práctica desleal en los términos de la ley 23551  articulo 54 sin perjuicio de iniciar acción judicial mediante amparo sindical a los fines de obtener el cese de este comportamiento antisindical que lesiona el libre ejercicio del derecho a la libertad sindical de esta Asociación Gremial y derechos laborales y sindicales de nuestros representados.

Esto se traduce en una flagrante violación al  libre ejercicio del derecho a la libertad sindical garantizada por artículo 87, 98, 151 de la OIT por parte del Estado Provincial, en perjuicio de este Sindicato y de los derechos de los trabajadores representados, realizará una formal queja ante la Organización Internacional del Trabajo.

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