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Un Ejemplo para la Costa : Obra de Desagües Cloacales

Arroyo Leyes

A través de la Ordenanza Nº 01/2018, la Comisión Comunal establece la nueva regulación para el aporte por Contribución de Mejoras para la Obra de Desagües Cloacales – 1ra Etapa.-

ORDENANZA Nº 01/2018

Artículo 2º: Dispóngase la ejecución de la “Obra de Desagües Cloacales – 1 Etapa” en la planta urbana de la Localidad de Arroyo Leyes, que comprende las obras de extensión de la red colectora y las estaciones elevadoras. Exclúyase del objeto de la presente y del sistema de contribución de mejoras que por ella se adopta la construcción de la planta depuradora de líquidos cloacales que aún no ha sido autorizada y cuya construcción se solventará con fondos comunales, provinciales o nacionales conforme a las diligencias que a esos efectos realicen las autoridades comunales.

Artículo 4º: La zona afectada por la “Obra de Desagüe Cloacales – 1 Etapa” será la comprendida en los siguientes loteos: Don David I, Don David II, Don David III, Adoratrices; Jardines de la Costa I; Jardines de la Costa II; Rincón de Luna; Don Carmelo; Las Marías, Portal de Leyes; La Pompona al Este y al Oeste; Situs del Leyes; Cotesa S.R.L (Calle Nº 20 al este); Bartes – Francezon (comprendido entre las Calles Nº 22-24-26-28 al este); Azis Licha; Gertrudis Diaz (Barrio Juan de Garay); Ibirá Pita; El Timbó; Los Alamos I y Los Alamos II.

Artículo 8º: EL presupuesto total de la 1º Etapa de obra es de $ 62.538.167,42 (Pesos: Sesenta y Dos Millones Quinientos Treinta y Ocho Mil Ciento Sesenta y Siete con Cuarenta y Dos Centavos).

EL monto a abonar por frentista es de $ 31.175,56 (Pesos: Treinta y Uno Mil Ciento Setenta y Cinco con Cincuenta y Seis Centavos) por conexión.

Artículo 9º: La Obra de Cloacas conforme a lo definido por el Artículo 2º será abonado por los propietarios ubicados en la zona establecida en el Artículo 4º, con prescindencia de que hubieren realizado conexiones, según los importes y plazos que a continuación se detallan, pudiendo optar por alguno de los siguientes planes:

 Plan Cuota Monto Total
60 Cuotas $ 693,48 $ 41.608,98
48 Cuotas $ 820,97 $ 39.406,66
36 Cuotas $ 1.035,47 $ 37.277,09
24 Cuotas $ 1.467,54 $ 35.221,00
12 Cuotas $ 2.769,91 $ 33.238,93
6 Cuotas $ 5.195,93 $ 31.175,56
Contado $ 26.499,22 $ 26.499,22

Artículo 10º: Las cuotas consignadas en el Artículo 9º serán mensuales y consecutivas. El importe de la cuota resulta del monto individual establecido en el artículo 8º más un interés anual del 12% sobre saldo a partir del plan de 12 cuotas inclusive. En el caso del plan de 6 cuotas no se aplicará ningún interés, mientras que para el plan de contado se aplicará un descuento del 15%.

Artículo 11º: El importe de las cuotas se ajustará, en aquellos planes que superen las 24 cuotas, siempre y cuando los aumentos que experimenten los ítems que componen el cálculo total de la obra (Artículo 8º), superen el 12% anual aplicado inicialmente. En ese caso el porcentaje de actualización que resultare se calculará por diferencia sobre el saldo del capital.

Artículo 13º: Cada propietario, conforme a lo definido en los artículos 2º, 4º y 8º, recibirá en su domicilio una notificación de la presente donde se le informará los planes entre los cuales podrá optar conforme al artículo 9º. Establézcase el 30 de Abril del año 2018 como fecha tope para dirigirse a la Sede Comunal y dar a conocer el plan elegido. Caso contrario se incluirá automáticamente al frentista en el plan de 48 cuotas. (Horarios de Atención: Lunes a Viernes de 07 a 13 hs. – Sábados de 8:30 a 12:30 horas).

Artículo 14º: Se entenderá por pago al contado el que se realice hasta el día 31 del mes de Mayo de 2018. El vencimiento de la 1ra. Cuota, para quienes opten por plan de cuotas, se podrá otorgar con un plazo de hasta 10 días hábiles desde la fecha en que se realice el convenio. Para los planes automáticos de 48 cuotas, el vencimiento quedará establecido para el día 29 de Junio del 2018.-

Artículo 15º: Cada Contribuyente, sin importar el plan que haya elegido, podrán optar por la cancelación anticipada por el total de lo adeudado, con lo que podrá acceder a la quita de los intereses correspondientes calculados al momento de la liquidación.

Artículo 20º: No se emitirá ningún certificado de libre deuda sobre el inmueble cuyo propietario no haya dado cumplimiento al pago de la mejora conforme a lo establecido en la presente, situación que impedirá además, la conexión y servicio de la Obra de Cloacas.

Artículo 21º: La Comuna de Arroyo Leyes dispondrá de un plazo estimado de 60 meses, a partir del 01 de Julio de 2018, para la ejecución de la totalidad de la “Obra deDesagües Cloacales – 1 Etapa”. Dicho plazo se respetará, siempre que las condiciones climáticas e hídricas, como así también el surgimiento de situaciones imprevistas, fortuitas y/o de fuerza mayor, impidan el normal avance de la Obra. Déjese por sentado que ésta Comuna hará uso de todos los medios, administrativos y legales, que tenga a su alcance para disponer de los recursos necesarios en post de cumplir con el plazo establecido y garantizar al contribuyente la conclusión de la obra.

Artículo 25º: Establézcase un plan de cuotas específico para todo frentista que demuestre estar en una situación socio-económica que le impida adherirse a cualquiera de los planes originales.

 Artículo 29º: Reconózcanse los convenios de Contribución de Mejoras de la Ora de Desagües Cloacales – 1ra Etapa que fueran realizados durante el año 2017, como así también los importes ya abonados por parte de los contribuyentes.

Artículo 31º: Determinase que las cuotas que no hayan sido abonadas durante el período en que la obra fuera interrumpida, serán generadas con nuevos vencimientos y sin recargo alguno, para cada convenio realizado previamente a la vigencia de la presente Ordenanza.

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