Se oficializó a través de la Resolución 27/2019 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, publicada en el Boletín Oficial, el nuevo aumento del 8,74% de las Jubilaciones, Pensiones, Asignación Universal por Hijo (AUH) y demás prestaciones sociales.
Jubilaciones
La jubilación pasará de $12.037,22 pesos a $14.067,93. (las jubilaciones y todas las prestaciones sociales se ajustan trimestralmente según el índice de movilidad previsional)
Este año, los incrementos fueron del 11,83% en marzo, 10,74% en junio, 12,22% en septiembre y ahora 8,74% en diciembre. En total es un incremento del 51,12% a lo largo de 2019.
Para el año que viene, la primera suba está prevista para marzo en un 11,6%. En el caso de que no se decidan cambios en las condiciones de actualización de los ingresos.
El porcentaje del incremento correspondiente a marzo surge de obtener el resultado de la fórmula establecida por ley. Para la primera suba del año se tiene en cuenta lo ocurrido con la inflación y los salarios entre los meses de julio a septiembre previos.
En ese período de este año, el índice de precios medido por el Indec avanzó 12,56%, en tanto que la Remuneración Promedio Imponible de los Trabajadores Estables (Ripte), la variable salarial cuya evolución integra la fórmula, registró un aumento de 9,4%. De la primera variable se considera el 70% y, de la segunda, el 30%: de la suma de ambos resultados surge el porcentaje de actualización.
Jubilados, Pensionados y Asignación Universal por Hijo (AUH)
La fórmula de movilidad alcanza a los jubilados y pensionados del sistema nacional y a quienes cobran la Asignación Universal por Hijo (AUH).
También se ajustan con este índice las pensiones no contributivas como la PUAM, que equivale al 80% del haber mínimo, y el cobro por hijo de los trabajadores formales, asalariados o monotributistas. Esta última prestación será, desde diciembre, de entre $573 y $2746, dependiendo del monto de los ingresos de la familia.
Y suben, en igual proporción, los aportes previsionales de los autónomos y la remuneración tope para el cálculo de los descuentos con destino a la seguridad social, en el caso de los asalariados.