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Se Anunciaron las Medidas Restrictivas Para Frenar los Contagios. ¿Cómo Afecta a Santa Fe?

El Presidente Alberto Fernández comunicó, un paquete de medidas restrictivas para frenar el aumento de contagios generado por la SEGUNDA OLA DE CORONAVIRUS. En una breve Cadena Nacional, anunció los detalles de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) donde la medida más dura es la restricción en la circulación en todo el país entre las 00 y las 6 de las mañana. Las personas consideradas esenciales deberán tramitar un permiso, con el que podrán circular en cualquier horario para ir a trabajar o volver a su hogar. Además, una hora antes, a las 23, los comercios deberán cerrar sus puertas. La medida comenzará a regir a partir de las 00 horas del viernes, mismo día en que se vence el decreto que establece el distanciamiento social en la mayor parte del país, y durará hasta el 30 de abril. En la Provincia de Santa Fe regirá, por ahora, en los Departamentos Rosario, San Lorenzo, Caseros, Belgrano y Castellanos.

A continuación, las medidas dispuestas por el Gobiern

– Se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

– En las zonas del país consideradas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario es facultad y responsabilidad de gobernadores y gobernadoras adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios. Ello es así, pues es del resorte exclusivo de las provincias el monitorear y hacer cumplir cualquier medida restrictiva de la circulación.

– En las zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario, se tomarán además las siguientes medidas.

  1. Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.
  2. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
  3. Se suspenden actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.
  4. Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
  5. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
  6. Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.

– Estas medidas de cuidado estarán vigentes desde las 0 horas de este viernes 9 de abril hasta el 30 de abril. El Gobierno Nacional evaluará cuidadosamente la correcta implementación de las medidas.

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