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Obras Clandestinas Que Evitan El Normal Escurrimiento de las Aguas. Ley Provincial de Aguas Nº 13.740. Procedimientos

Durante enero, el Gobierno Provincial junto a la Policía impulsaron distintas tareas para que en la Costa Santafesina se pueda recuperar el drenaje del agua, tras detectarse obras clandestinas realizadas por productores de la región que generaban fallas en el sistema de escurrimiento, ocasionando embalses en las cuencas. Estas medidas que ha decidido llevar adelante el Ministerio de Obras Públicas, por indicación del gobernador Maximiliano Pullaro, se basa en ejercer el cumplimiento de la Ley Provincial de Aguas Nº 13.740. Desde la Provincia afirman que a diario se llevan adelante controles estratégicos para garantizar que no vuelvan a interferir en el escurrimiento de la cuenca.

Se trata de una norma que en su evolución ha tenido modificaciones esos cambios le conceden a Provincia el poder de intervenir directamente ante las obras irregulares, con colaboración policial, para desarmar estos canales que alteran o modifican el escurrimiento natural de las aguas, produciendo daños reales o potenciales.

La ley entre sus componentes determina que la autoridad de aplicación podrá:

 “Intimar y ordenar el cese de actividades de manera urgente ante la existencia de obras clandestinas; modificar usos, secuestrar, decomisar, demoler, remover, acceder a predios particulares y aplicar sanciones o multas ante la existencia de obras clandestinas”. “Para tal fin podrá contar con la colaboración de las fuerzas de seguridad para los procedimientos.

Estas acciones, al ser detectadas, implica que las autoridades labren actas, se le inicien acciones legales al autor, que además debe afrontar los costos de desactivación de la obra clandestina y a su vez debe afrontar una multa económica.

OBRAS CLANDESTINAS

El Ministro de Obras Públicas Lisandro Enrico señaló que en este escenario de emergencia hídrica y lluvias copiosas no hay margen para obras clandestinas que alteren el drenaje natural del agua y afirmóLos responsables de abrir un canal o bloquear un paso de agua mediante terraplén sin autorización, deberán reparar ese accionar de inmediato, porque al alterar el escurrimiento natural de las cuencas seguramente estarán provocando consecuencias a otros productores y a sus ejidos urbanos más cercanos, poniendo en riesgo la conectividad vial, la producción y la salida de agua de las localidades”, completó.

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