Vecinos de la Costa
Reconquista

Reconquista, Rolando Quarín, Jefe Municipal y Diácono ¿Será Juzgado por Abuso Sexual con Acceso Carnal?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló un fallo absolutorio de segunda instancia y ordenó que otro tribunal de Alzada dicte una nueva sentencia en una causa por abusos sexuales contra dos agentes municipales de Reconquista. El caso había generado en su momento una fuerte indignación y conmoción pública en la ciudad, debido a la gravedad de las acusaciones y a que el hombre juzgado era, al momento de los hechos, jefe de las dos mujeres en el área de Tránsito de la Secretaría de Control Público de la Municipalidad de Reconquista.

La resolución del máximo tribunal provincial fue tomada por unanimidad y lleva las firmas de su presidente, Rafael Gutiérrez, y de los ministros Jorge Baclini, Daniel Erbetta, Eduardo Spuler y Margarita Zabalza.

El acusado es Rolando Edgardo Quarín, de 61 años. En el juicio oral había sido condenado a un año y seis meses de prisión condicional por un hecho de abuso sexual simple cometido contra una de las víctimas. En cambio, había sido absuelto por la acusación de abuso sexual con acceso carnal contra la otra mujer. Después de aquella sentencia, el Ministerio Público de la Acusación apeló la absolución y pidió que fuera revocada, solicitando para Quarín una pena de 10 años de prisión.

La Fiscal Regional Georgina Díaz sostuvo que tanto en la sentencia de primera instancia como en el fallo posterior se utilizó el concepto de “acoso laboral” para referirse a una situación que, según la acusación, constituía un abuso sexual con acceso carnal ocurrido dentro del ámbito laboral.

La Corte provincial hizo lugar al planteo fiscal y consideró que la valoración de las pruebas realizada por el tribunal anterior debía ser revisada.

CUESTIONARON LAS PRUEBAS

En su voto, el ministro Jorge Baclini señaló que el fallo anulado había realizado una valoración “aislada y fragmentada” de las pruebas y que había dado mayor importancia a elementos considerados secundarios por sobre otros que coincidían con el relato de la denunciante.

El magistrado remarcó además la necesidad de analizar las pruebas de manera integral, teniendo en cuenta las características particulares de este tipo de delitos y evitando interpretaciones basadas en estereotipos sobre cómo debería comportarse una víctima.

Por su parte, Daniel Erbetta cuestionó que el tribunal anterior no hubiera considerado adecuadamente el impacto que la causa tuvo dentro del ámbito laboral. También señaló deficiencias en la forma en que fue valorado el testimonio de una psicóloga que declaró durante el juicio.

De esta manera, la Corte no dictó una nueva condena, sino que dejó sin efecto la absolución de segunda instancia y ordenó que otro tribunal de Alzada vuelva a analizar el caso y dicte una nueva sentencia.

Artículos relacionados

¿Qué Pasa en Reconquista? Abuso Sexual, Suicidios, Homicidios, Narcomenudeo, ¿Alguien Hace Algo?

Redaccion VC

Reconquista, Crisis Social, Se Construye Un Comedor Comunitario para Que Familias Puedan Alimentarse

Redaccion VC

Reconquista, Escuela Superior de Enfermería, Apertura de Inscripción para Ingreso del Año 2026. Detalles

Redaccion VC