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Audiencia de Apelación por un Crimen que Conmocionó a Toda la Costa

En la sala 5 de la Cámara de Apelaciones se llevó a cabo la audiencia de apelación de la sentencia que condenó a Santiago Monsonis a 20 años de prisión por el homicidio del policía Diego Castaño, el 21 de septiembre del 2015 en horas de la madrugada, frente a la plaza de San José del Rincón.

El tribunal fue presidido por el Dr. Sebastián Creus, junto con la Dra. Marta Feijoó y el Dr. Fabio Mudry. La defensa del condenado estuvo a cargo del defensor regional Leandro Miró, mientras que la acusación fue representada por los fiscales de homicidios Jorge Nessier y Cristina Ferraro, y la Dra. Céspedes como querellante.

El juicio

En juicio oral y público fue sentenciado a 20 años de prisión como autor de homicidio simple. La parte acusadora había pedido prisión perpetua por considerar los agravantes de alevosía y revestir la víctima condición policial, mientras que la defensa había pedido el atenuante de la emoción violenta.

Ninguno de los dos extremos fue avalado por los jueces de baja instancia, que descartaron la alevosía, la condición de policía como motivo del crimen y la existencia de la emoción violenta.

El defensor regional Leandro Miró insistió con que Castaño provocó a Monsonis, levantándose la remera para mostrarle el arma de fuego e invadiendo su espacio personal.

Según el defensor, el fallo no tiene en cuenta los testimonios que dieron cuenta el estado “alterado” de Monsonis al momento de atacar a Castaño.

“Hubo provocación de una persona alcoholizada y armada, había una razón de peligro, los extremos de la emoción violenta están acreditados” enfatizó Miró.

Por último, el defensor insistió que los extremos que configuran la emoción violenta fueron acreditados en el debate y solicitó a los camaristas que revean la sentencia y sea recalificado como homicidio atenuado por emoción violenta.

La fiscalía, que no cuestionó el fallo, rechazó la postulación de la defensa y requirió que se confirme la sentencia que pesa sobre Monsonis.

La Dra. Cristina Ferraro expresó que la prueba producida en el juicio no permitió demostrar la emoción violenta, y que el análisis que realiza el defensor es “muy personal” pero que no surge de la evidencia.

La fiscal insistió que no quedó demostrada provocación por parte de Castaño, que no exhibió el arma de fuego: “quien sacó el arma de Castaño fue el propio Monsonis, por primera y única vez esa noche, cuando Castaño ya estaba en el piso”.

A continuación el Dr. Jorge Nessier manifestó que el imputado estaba rodeado por su círculo íntimo de amistades, y que no estaban dadas las condiciones externas para que se genere temor el Monsonis. “Podría haberse alejado a hablar con otra persona, tomar otra actitud, sin embargo decidió atacar a Castaño”, expresó el fiscal.

Nessier también repasó las circunstancias del hecho: en la vía pública, en un contexto de festejo, con muchas personas “a las que puso en riesgo con su actitud”.

Por último expuso el “Saldo del encuentro entre Castaño y Monsonis”: la víctima recibió tres golpes de puño en la cabeza, seis puntapiés cuando ya se encontraba en el piso y cinco culatazos en la cabeza. “Castaño ni siquiera tocó a Monsonis, quien se fue ileso del encuentro” culminó el fiscal, quien solicitó que se confirme el fallo recurrido.

A su turno, la Dra. Céspedes, apoderada de la querella, insistió que Monsonis atacó a Castaño por ser policía: “No había otro motivo. No estaba intimidado, tenía contactos con armas de fuego, tiene familiares en la fuerza policial”.

“Utilizó el arma para darle muerte a golpes, y se la dejó sobre el cuerpo como un mensaje mafioso” consideró la querellante.

La letrada insistió también con el agravante por ensañamiento: “cometió la acción deliberada de matar a Castaño de modo cruel y para ocasionarle un sufrimiento innecesario”.

Céspedes requirió que el fallo sea revocado y Monsonis sea condenado a prisión perpetua por por homicidio doblemente calificado.

Fuente: Aire de Santa Fe

 

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