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Transporte de Pasajeros en la Costa Santafesina. Nuevos Horarios. Requisitos y Modalidad

La Provincia de Santa Fe a través del Decreto N° 1440, adhirió a la norma nacional para que retomen el servicio los colectivos de media y larga distancia. En tal sentido la Empresa de Colectivos Paraná Medio S.R.L.  viene retomando la normalidad en el servicio de transporte de pasajeros en todas las localidades de la Costa Santafesina.

Para tal Fin pone en conocimiento de los Vecinos de la Costa los nuevos horarios entre los que podrán optar a partir de hoy martes 1° de diciembre.

Finalmente se recuerda a los señores pasajeros que deben tomar todas las medidas de precaución necesarias para evitar la propagación del virus.

NUEVOS HORARIOS

Tener en cuenta los siguiente:

La Secretaría de Transporte de la provincia por medio de la Resolución 27/2020 estableció la reanudación de los servicios regulares de transporte automotor de pasajeros provinciales.

En este caso, las empresas “Deberán aplicar el protocolo vigente aprobado por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, de conformidad con los lineamientos y recomendaciones del Ministerio de Salud”.

La implementación de estos protocolos por los operadores de transporte, será fiscalizada por dicha secretaría del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.

Esta resolución contempla que estos usuarios “Deberán tener actualizada la declaración jurada de salud de la aplicación Coronavirus Santa Fe (https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/) con el “Certificado Único Habilitante para Circulación- Emergencia covid 19” y/o exhibir el permiso emitido por la aplicación «Cuidar» en su dispositivo móvil y/o el que en el futuro la normativa vigente”

REQUISITOS
Para la reanudación de los servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de jurisdicción provincial, la resolución 27/2020 establece que “Los horarios se ajustarán de acuerdo con la demanda de los servicios”, que los mismos “Se programarán tomando en cuenta las tasas de ocupación de las distintas terminales de origen y destino, procurando no generar aglomeraciones de personas al ascender y descender de las unidades y en la evacuación de las terminales” y que “Los vehículos de transporte automotor interurbano de pasajeros deberán limitar su capacidad de ocupación” según el protocolo aprobado por la Secretaría de Transporte provincial.

Finalmente, los operadores de los servicios previamente “A la iniciación de cada servicio, deberán obtener la conformidad de las autoridades municipales y/o comunales correspondientes y remitirla a la Secretaría de Transporte de la Provincia de Santa Fe”.

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