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San Javier, Productores Agropecuarios, Nación Oficializó la Declaración de Emergencia y Desastre. Beneficios

A través de la Resolución Nº 504/2025 del Ministerio de Economía de la Nación, se prorrogó desde el 1 de marzo hasta el 31 de agosto de 2025 el Estado de Emergencia y Desastre Agropecuario en la Provincia de Santa Fe, en el marco de la prolongada sequía que afecta las explotaciones agrícolas en varios distritos. La medida fue homologada oficialmente y publicada en el Boletín Oficial, lo que representa un alivio fiscal concreto para los productores santafesinos damnificados por ese fenómeno climático. Esta medida es aplicable en el Departamento San Javier.

La homologación del Gobierno Nacional de la prórroga y ampliación de la Emergencia Agropecuaria en la provincia de Santa Fe tiene carácter retroactivo, desde el 1 de marzo de 2025 y hasta el 31 de agosto de 2025, y comprende explotaciones agropecuarias afectadas por la sequía en los Departamentos de San Javier, 9 de Julio, Vera, General Obligado, San Cristóbal y San Justo.

Para acceder a estos beneficios, los productores agropecuarios interesados podrán acceder a

https://www.santafe.gov.ar/emergencia-agro/;

En tanto, los productores apícolas deberán hacerlo a

https://www.santafe.gob.ar/proap/.  

El Ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, consideró que “Esta resolución confirma el acompañamiento del Estado Nacional a nuestra propuesta y permite que los productores accedan a beneficios fiscales concretos. Desde el gobierno provincial, continuamos desplegando todas las herramientas posibles para mitigar el impacto de la sequía. A los alivios tributarios se suman también líneas de financiamiento específicas que ya están disponibles”, destacó.

Por su parte, el Secretario de Agricultura y Ganadería de Santa Fe, Ignacio Mántaras, indicó que “La oficialización de esta medida permite a los productores afectados acceder a la prórroga en el pago de impuestos nacionales, exenciones y deducciones especiales. Esto demuestra el compromiso firme del Gobierno de Santa Fe con el sector productivo”, remarcó.

LAS EXENCIONES FISCALES ALCANZARÁN A:

* Productores con certificado de desastre agropecuario: exención total (100%) del Impuesto Inmobiliario Rural (cuotas 2, 3 y 4 del calendario de la Administración Provincial de Impuestos -API-.

* Productores con certificado de emergencia agropecuaria: prórroga en el vencimiento de esas cuotas. Quienes ya hayan abonado las cuotas, podrán acceder a un crédito fiscal o devolución, según disponga la API.

LÍNEAS DE FINANCIAMIENTO

El Ministerio de Desarrollo Productivo de Santa Fe dispone además de dos líneas de crédito para productores con certificado de emergencia o desastre:

* 1. Capital Aguadas: tasa: 0%, plazo de 18 meses (6 de gracia + 12 cuotas), monto máximo de 4,5 millones de pesos, destinado a infraestructura hídrica (molinos, bombas, represas, etc.)

* 2. Gastos Operativos o Corrientes: tasa: 0%, plazo 18 meses (6 de gracia + 12 cuotas), monto máximo de 4 millones de pesos, para compra de forraje, combustible, acarreo de agua y otros gastos operativos.

Para acceder a los créditos ingresar a

https://www.santafe.gob.ar/afem.
Los productores deberán elegir la Agencia de Desarrollo o Asociación más cercana para completar el trámite.

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