Este domingo 29 de junio de 2025, el juez penal Gonzalo Basualdo ordenó la detención inmediata del ingeniero César Lebus, tras un pedido formal de la fiscal Georgina Díaz y del abogado querellante Raúl Elías, representante de la madre de las víctimas. La medida se adoptó luego de que la Cámara de Apelaciones confirmara la condena que le impone 14 años de prisión efectiva, por delitos de abuso sexual agravado y amenazas coactivas.
La resolución de la Cámara, dictada el 26 de junio por los jueces Sebastián Creus, Bruno Netri y Marta Feijoo, ratificó lo resuelto previamente por otra sala de apelaciones el 30 de octubre de 2024. En esa instancia, los jueces Eduardo Bernacchia, Fabio Mudry y Fernando Gentile Berzano habían revocado la absolución dictada en primera instancia por el tribunal integrado por Santiago Banegas, Norma Senn y Martín Gauna Chapero, que el 22 de mayo de 2024 había declarado a Lebus inocente.
Con el doble conforme judicial, y pese a los intentos de la defensa por evitar la detención argumentando que la sentencia aún no está firme —ya que acudirán a la Corte Suprema mediante recurso de queja—, el juez Basualdo hizo lugar al pedido de prisión preventiva mientras se espera la resolución definitiva.
El Proceso Judicial
El caso se inició con una denuncia por parte de la madre de los niños, quien impulsó la acción penal junto con la fiscalía. Durante el juicio oral llevado a cabo en mayo de 2024, la defensa del acusado, encabezada por el abogado Marcelo Venetucci, logró una sentencia absolutoria, basada en la supuesta falta de evidencia concluyente y en cuestionamientos a los informes psicológicos presentados. La estrategia de defensa alegaba que las acusaciones eran una construcción imaginaria por parte de la madre de los menores.
No obstante, tanto la fiscal Díaz como la querella apelaron esa decisión y pidieron una pena de 20 años de prisión efectiva, sosteniendo que las pruebas eran sólidas, en especial el testimonio del menor en Cámara Gesell, que fue considerado coherente, creíble y respaldado por pericias profesionales.
Condena Firme en Segunda Instancia
La Cámara de Apelaciones dio lugar al recurso y declaró culpable a Lebus por los delitos de:
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Abuso sexual con acceso carnal vía oral, agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia con la víctima.
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Promoción de la corrupción de un menor de 13 años, también agravada por la relación.
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Amenazas coactivas.
La pena impuesta es de 14 años de prisión efectiva, con inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos o actividades vinculadas al cuidado de menores durante el mismo período, y el pago de las costas del proceso.
Consideraciones del Tribunal
Los magistrados que dictaron la condena remarcaron que se trató de hechos especialmente graves, no solo por la naturaleza de los delitos, sino también por el grave daño a la salud psíquica del menor. Se aplicaron agravantes previstas en el Código Penal por el vínculo de ascendencia, la guarda, la convivencia, y la edad de la víctima, en concordancia con los artículos 119, 125 y 149.
La defensa intentó desestimar el testimonio del niño y los informes psicológicos, pero la Cámara concluyó que la prueba había sido debidamente valorada bajo el principio de sana crítica racional, lo que llevó a la condena.
Impacto y Revictimización
A lo largo del proceso, la madre de los niños, Mónica Gladis Pedrini, se vio obligada a mudarse de ciudad para proteger a sus hijos del estigma social. En distintas entrevistas, lamentó profundamente que durante el juicio oral de 2024 se revelara su identidad en la sentencia absolutoria, a pesar de haber solicitado que se preservara para evitar revictimizar a los menores.
En ese sentido, cuestionó duramente al juez Santiago Banegas, quien redactó el fallo absolutorio nombrándola directamente: “Si siempre se habló de ‘la madre’ o ‘la querellante’, ¿por qué dar mi nombre en una sentencia? Eso es exponer a los chicos en una sociedad muy pequeña”.
Por el momento, César Lebus permanece detenido preventivamente mientras su defensa prepara un último intento ante la Corte Suprema. Entretanto, la sentencia permanece firme en doble instancia, lo que representa un paso decisivo hacia la conclusión de un largo y doloroso proceso judicial.