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Quema de Pastizales, en 15 Días Debería Crearse un “Comité de Emergencia Ambiental”. Nota Lorenzetti

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso la creación de un “Comité de Emergencia Ambiental” para detener y controlar los incendios en todo el Delta y Pre Delta del Paraná. Además se declaró competente en la materia. La CSJN lo hizo por unanimidad, luego del pedido que le hizo la Provincia de Santa Fe, a través de la Fiscalía de Estado, que presentó un escrito para que acumule “las diferentes causas” abiertas por la quema de pastizales.

Además la Corte declaró su competencia para conocer en una acción de “Amparo Colectivo Ambiental”, promovida por una asociación civil (“Equística Defensa del Medio Ambiente”) contra el Estado Nacional, las provincias de Santa Fe y Entre Ríos. Finalmente dispuso que, en el plazo de 15 días corridos, presenten al Tribunal un informe sobre el cumplimiento de la medida ordenada, o sea la constitución del Comité de Emergencia Ambiental y las acciones efectuadas.

 A su vez el Ministro de la Corte suprema de Justicia de la Nación, el santafesino Ricardo Lorenzetti (reconocido especialista en derechos de tercera generación), hizo público un escrito en donde sostiene su postura e importancia de la preservación del Medio Ambiente.

TEXTO COMPLETO

Quienes trabajamos el tema ambiental desde hace muchos años consideramos extremadamente grave lo que ocurre con los incendios irregulares ocurridos en las islas del Delta de Paraná durante los últimos tiempos.

Por eso nos parece necesario comentar algunos aspectos de la medida dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la finalidad de crear conciencia y marcar la necesidad de una acción efectiva y conjunta.

El Delta del Paraná es un ecosistema vulnerable que necesita protección, porque es un inmenso humedal y, como tal, además de albergar una rica diversidad biológica, cumple múltiples y fundamentales funciones como la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, la retención de sedimentos y nutrientes, la estabilización de costas, la protección contra la erosión, la regulación del clima y una extensa lista de bienes y servicios al hombre.

Estos incendios irregulares afectan gravemente el ambiente, se pierden bosques, se afecta la función de humedales, se cambia abruptamente el uso del suelo, desaparecen innumerables especies de origen subtropical, de la vida silvestre, de la flora y de la fauna, y la biodiversidad.

También se ven afectadas la salud pública y la calidad de vida de los habitantes de ciudades vecinas, como Rosario.

La ceguera de la humanidad respecto de la fragilidad de este tipo de ambientes ha llevado a grandes tragedias, como ocurrió con los incendios en Australia o en el Amazonas.

Por eso debemos abrir los ojos y actuar rápidamente en el cuidado ambiental y de la salud humana.

El Derecho protege el ambiente.

La Corte cita el artículo 41 de la Constitución, la ley 25.675 general del ambiente, la ley 27.520 de presupuestos mínimos de adaptación y mitigación al cambio climático global, la ley 26.562 de presupuestos mínimos de protección ambiental para control de actividades de quema en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir incendios, daños ambientales y riesgos para la salud y la seguridad pública; la ley 26.815 de presupuestos mínimos que regula la protección ambiental, en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional (artículo 1º) y la ley ley 26.331 que considera a los bosques nativos como objeto de protección ambiental.

Por lo tanto, el problema no es que no haya leyes, sino que no se cumplen, y es necesario y urgente adoptar medidas.

Por esta razón, la Corte Suprema dicta una medida cautelar y dispone que las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, y los municipios de Victoria y Rosario constituyan, de manera inmediata, un Comité de Emergencia Ambiental (dentro de la estructura federal concertada del Piecas-DP), que adopte medidas eficaces para la prevención, control, y cesación de los incendios irregulares en la región del Delta del Paraná. Asimismo se solicita que, en el plazo de quince días corridos presenten un informe sobre el cumplimiento de la medida ordenada, la constitución del Comité de Emergencia Ambiental y las acciones efectuadas.

Es decir que se inicia un proceso judicial encaminado lograr mayor efectividad en la prevención y detención de los incendios irregulares.

En este sentido, es necesario señalar que ya hubo actuaciones judiciales importantes, como las adoptadas por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, y por eso la Corte solicita los informes a todos los tribunales de la región para coordinar.

La eficacia consiste justamente en coordinar acciones con un objetivo común y es lo que pueden lograr procesos judiciales como el que comienza.

Pero lo más importante es la conciencia, es la educación, es el cumplimiento voluntario de las normas teniendo en cuenta los valores que hace que tratemos de vivir en un mundo mejor.

Por eso también es necesario que todos entendamos que es necesario desarrollar principios éticos, porque somos la primera generación en tener información acerca de cuánto podemos dañar el ambiente y la última en poder evitarlo.

Estamos al borde de un colapso ambiental y es necesario reaccionar.

Por: Ricardo Luis Lorenzetti / Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

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